|
|
|
![]() |
|
|
|
||||||||
|
Buenos Aires, 14 de setiembre de 1999.
VISTO :
La presentación del Club de Ajedrez RIO GRANDE – TIERRA DEL FUEGO, y CONSIDERANDO : 1º) Que la presentación reúne los requisitos formales que exige el Estatuto Confederativo de la Federación Argentina de Ajedrez (FADA). 2º) Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos estatutarios solicitados por esta intervención. 3º) Que es deber de la FADA coordinar la acción de todas las entidades afiliadas (art. 3 inciso “j” del Estatuto). Por todo ello y en uso de las facultades conferidas al suscripto en la Resolución I.G.J. 000956/98: arts. 7º, 8º y cdtes. del Estatuto; arts. 1869, 1870, inciso 3º, 1872, 1889, 1892 y cdtes del Código Civil y la Ley 22315; el Interventor de la Federación Argentina de Ajedrez RESUELVE : Primero: Conceder la Afiliación al Club de Ajedrez RIO GRANDE - TIERRA DEL FUEGO (C.A.R.G.) con domicilio legal en calle María Auxiliadora 661 (Patio Interno), Río Grande, Provincia de Tierra del Fuego. Segundo: Conforme a las circunstancias actuales de la organización del ajedrez federado se determina la jurisdicción de la C.A.R.G. a todo el ámbito y límites geográficos de la Provincia de Tierra del Fuego. REGISTRESE en los padrones y estados contables de la FADA y NOTIFIQUESE personalmente al representante legal de la C.A.R.G. |
|
|
. . |
|
|
Subscribase,
y recibira por email partidas, informacion, novedades, etc
Recibira un email que debera responder como confirmacion. . |
||||||||
|
|
Todo para los Amigos ajedrecistas. Gratis! - For our Chessfriends everything here is free!
|